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Seguro que alguna vez has oído hablar sobre el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Incluso, probablemente, en alguna ocasión has tenido hacer frente a su pago. Es por ello que resulta fundamental conocer, a grandes rasgos, como funciona este impuesto y los supuestos en los que procede su pago.
Para que puedas calcular los gastos antes de comprar la vivienda que tanto has soñado, queremos contarte todo lo que necesitas saber sobre este impuesto.
En este sentido, para llevar adelante el cálculo del ITP es importante saber que la ley ha cambiado a partir de la aprobación de la Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal. A partir de ella, el valor de referencia de una propiedad pasará a ser el que determine el catastro y no el real, como ha sido hasta el momento.
¿Qué es el ITP?
Antes de continuar, vamos a definir qué es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales o ITP. Se define como un tributo de naturaleza indirecta que grava las transmisiones patrimoniales onerosas, es decir, que ocasionan un gasto. Se aplica también a actividades societarias y actos jurídicos documentados.
Centrándonos en esta ocasión exclusivamente en las transmisiones patrimoniales onerosas y, una vez definido qué es el ITP, veamos cuándo y cuánto se debe abonar por este tributo.
El ITP lo paga el comprador de la vivienda a la hora de adquirirla. Este impuesto está cedido a las comunidades autónomas. Por lo tanto, tendrás que pagarlo en la delegación de Hacienda de la comunidad donde se encuentre el inmueble.
El plazo para liquidarlo es de treinta días a partir del momento en el que se produce la compra del bien.
El nuevo valor del impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP)
El nuevo valor del ITP está determinado por la Dirección General del Catastro, quien ha indicado que este se basa en el cálculo a partir de precios de transacciones de inmuebles que se hacen ante notario en función de las características catastrales de cada propiedad. Además, se ha establecido que el nuevo valor de referencia del Catastro se determine año a año, de forma simultánea, en todos los municipios.
¿Cuánto hay que pagar por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales?
Antes de la nueva normativa fiscal, el valor de la vivienda se calculaba teniendo en cuenta el valor real de la vivienda.
Sin embargo, ahora el valor de referencia que se tendrá en cuenta para calcular el ITP es el valor de mercado, es decir, aquel que determina la Dirección General del Catastro. No obstante, este valor nuevo no puede superar, en ningún caso, el valor que circula en el mercado.
¿Cómo calculan este valor?
Es calculado a través de módulos de valor medio, en base a los precios de todas las compraventas de inmuebles.
Hacienda aplica, posteriormente, un coeficiente de minoración del 0,9 que, podríamos decir, que en la práctica supondrá una reducción del 10%.
Hay que recordar que los bienes inmuebles que aplican para el ITP son viviendas, fincas rústicas, oficinas, plazas de aparcamiento o locales.
¿Cómo encontrar el valor de referencia del catastro?
Para calcularlo, se debe ingresar a la página de la Sede Electrónica del Catastro. Después, se ubica la sección de Valor de Referencia. Una vez allí, hay que seleccionar la opción de Consulta de valor de referencia.
Para rellenar el formulario, se necesita el DNI y el número de soporte (el cual también aparece en el DNI). A continuación, se selecciona la finalidad, donde la opción correcta es la segunda (tributación sobre ITP).
En este punto, es necesario colocar la referencia catastral, que es el identificador oficial de 20 caracteres. Para conocer este valor, se puede consultar el recibo del IBI del inmueble, el cual se debe de solicitar antes de comprar.
¿Qué hacer en caso de que no exista un valor de referencia catastral?
Dado que el nuevo sistema se está actualizando desde comienzos de este año, hay todavía casos donde no existe un valor, especialmente en inmuebles distintos a vivienda. En esa situación, se debe descargar el certificado de inexistencia de valor de referencia y el ITP se liquidará basándose en el precio de la escritura de compraventa.