Tiempo de lectura: 9 minutos
La cultura emprendedora ha ido en aumento en los últimos años y cada vez más personas se animan a iniciar un negocio. Sin embargo, la financiación es un factor clave para el éxito de cualquier empresa, y es común que muchos emprendedores encuentren dificultades en esta área.
Para abordar este problema, hemos realizado una investigación exhaustiva y hemos recopilado las mejores opciones de ayudas y subvenciones para aquellos que buscan financiación para sus proyectos empresariales.
Nuestro objetivo es brindar información detallada y actualizada para que los emprendedores puedan tomar decisiones informadas. Con estas herramientas, esperamos que aquellos que deseen dar vida a su idea de negocio puedan hacerlo con mayor facilidad y confianza.
Subvenciones y ayudas disponibles
El Estado, las Comunidades y los Ayuntamientos cuentan con diversas prestaciones para la creación de empresas . En este artículo, te resumimos algunas de ellas.
Reducciones y bonificaciones a la Seguridad Social para Trabajadores Autónomos
Baja por Maternidad o Paternidad
Los trabajadores autónomos en baja por maternidad o paternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural, reciben una bonificación del 100% de la cuota por contingencias comunes.
Esta bonificación se calcula aplicando el tipo de cotización vigente a la base media de los doce meses anteriores. La duración coincide con el periodo de descanso.
Reincorporación al trabajo para trabajadoras Autónomas
Las trabajadoras autónomas que se reincorporan al trabajo en determinados supuestos, tras haber cesado en su actividad por maternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento o tutela, reciben una bonificación equivalente al 80% de la cuota por contingencias comunes.
Esta bonificación se calcula aplicando el tipo de cotización vigente a la base media de los doce meses anteriores al cese. La duración es de 24 meses desde la fecha de reincorporación.
Inicio de actividad por Cuenta Propia
Los trabajadores autónomos que inician una actividad por cuenta propia pueden optar por una cuota reducida por contingencias comunes y profesionales, excluyendo cese de actividad y formación profesional.
La cuantía, fijada en los Presupuestos Generales del Estado, se aplica durante los doce meses naturales completos siguientes al alta.
Cuidado de menor afectado por enfermedad grave
Autónomos beneficiarios de la prestación para el cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave reciben el 75% de la cuota por contingencias comunes. La duración coincide con el periodo de percepción de la prestación.
Empresas emergentes en situación de pluriactividad
Autónomos con control efectivo de una empresa emergente reciben una bonificación del 100% de la cuota correspondiente a la base mínima. La duración es continua mientras persista la situación de pluriactividad y, como máximo, durante los tres primeros años desde la fecha de alta.
Bonificaciones por Conciliación de la Vida Profesional y Familiar
Para aquellos autónomos que opten por bonificaciones vinculadas a la contratación y conciliación de la vida profesional y familiar, se aplican las siguientes condiciones:
- Mantenerse en alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social.
- Contratar a un trabajador a tiempo completo o parcial por al menos 3 meses.
- Carecer de trabajadores asalariados durante los doce meses anteriores a la aplicación de la bonificación, excepto internos por permisos de paternidad o maternidad.
- Realizar el alta en la Seguridad Social durante los seis meses siguientes al vencimiento de la prestación.
Los incentivos consisten en la bonificación del 100% de la cuota de autónomos, aplicando el tipo de cotización mínimo vigente en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos a la base media de los doce meses anteriores. Estas ayudas tienen una duración máxima de doce meses.
Cuota de autónomos en 2024
En el año 2024, las cuotas de autónomos experimentan cambios significativos, ya que entran en vigor las nuevas bases y cuotas establecidas en el sistema de cotización basado en los ingresos reales. Este sistema fue iniciado en enero de 2023 y está regulado por el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio.
En términos generales, en 2024 se observa una reducción en las cuotas para los autónomos de los tramos inferiores, se mantiene la cuota para los tramos medios y se registra un aumento para los autónomos ubicados en los tramos superiores.
Funcionamiento del nuevo sistema
El sistema de cotización de los autónomos en función de sus ingresos reales es un modelo progresivo que se implementa durante tres años, desde 2023 hasta 2025. Este modelo establece 15 tramos de cotización, donde los autónomos deben ubicarse según sus previsiones de ingresos.
En el año 2024, las cuotas mensuales se calculan aplicando un tipo de cotización del 31,3 % a la base de cotización elegida por el autónomo dentro de su tramo. Las cuotas varían desde un mínimo de 230,15 euros hasta un máximo de 542,13 euros.
Evolución de las cuotas
En su primer año de aplicación, las cuotas oscilaron entre 230 euros y 500 euros al mes. Para 2024, se observan cambios significativos que afectan principalmente a los tramos bajos, con una reducción de cuotas entre un 2,1 % y un 3,8 %. Los tramos intermedios mantienen sus cuotas, mientras que los tramos superiores experimentan un aumento de entre un 2,5 % y un 6 %.
- Año 2023: cuota mínima de 230 euros y máxima de 500 euros.
- Año 2024: cuota mínima de 230,15 euros y máxima de 542,13 euros.
- Año 2025: cuota mínima de 200 euros y máxima de 590 euros.
Los autónomos tienen la opción de cotizar por una base superior a los rendimientos estimados, brindando mayor flexibilidad para compensar diferencias entre las previsiones iniciales y los ingresos reales a lo largo del año.
Y al finalizar cada año, el autónomo tiene que regularizar sus cotizaciones a la Administración. Es decir, tiene que devolver o reclamar las cuotas en caso de que el tramo de rendimientos netos definitivos esté por debajo o por encima del indicado por sus previsiones durante el año.
Tarifa plana de 80 euros
El nuevo sistema de cotización introduce diversas novedades, como la tarifa plana de 80 euros durante los primeros 12 meses de actividad, la prestación del 50 % por cese de actividad parcial, deducciones por gastos genéricos, cambio de tramo cada 2 meses, desgravación del plan de pensiones y la eliminación del tope de cotizaciones para mayores de 47 años.
La tarifa plana de 80 euros para nuevos autónomos representa una estrategia efectiva para fomentar el emprendimiento, aliviando el peso financiero que implica el alta como trabajador por cuenta propia. Esta medida implica el pago de una cuota mensual reducida a la Seguridad Social durante el primer año de actividad, independientemente de los ingresos reales del autónomo. La bonificación ha demostrado ser atractiva, facilitando a numerosos emprendedores dar sus primeros pasos en el ámbito autónomo.
Con la implementación del nuevo sistema de cotización basado en ingresos reales, la tarifa plana se mantiene en 80 euros durante los primeros 12 meses y continúa por otros 12 meses más, siempre y cuando los ingresos netos no superen el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Para extender este beneficio, los autónomos deben solicitarlo a la Seguridad Social a través de Importass, adjuntando una declaración sobre la previsión de ingresos inferiores al SMI. Una vez finalizado el período de tarifa plana, el trabajador autónomo se integra en el nuevo sistema de cotización por tramos según sus ingresos reales.
Aquellas personas que se den de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) entre 2023 y 2025 pueden aprovechar la tarifa plana de 80 euros al tramitar el alta, siempre que cumplan con requisitos como no haber estado dado de alta en los dos años anteriores, no ser autónomo colaborador y no tener deudas pendientes con la Seguridad Social y Hacienda.
Kit Digital
Con las recientes modificaciones en las reglas del Programa Kit Digital, ahora las Comunidades de Bienes y las Sociedades Civiles pueden solicitar el bono digital. Esto aplica tanto a aquellas con objetivos mercantiles, como a Sociedades Civiles profesionales y explotaciones agrarias compartidas con menos de 50 empleados. Sin embargo, para acceder al Kit Digital, estas entidades deben cumplir con ciertas obligaciones, como implementar medidas para prevenir el fraude y la falsificación de documentos, según las normativas de subvenciones públicas.
Además, las Comunidades de Bienes y Sociedades Civiles deben cumplir con los requisitos generales del Programa Kit Digital, al igual que otras empresas que pueden acceder a esta ayuda. La convocatoria con información detallada está disponible en este enlace. Es importante destacar que el plazo para solicitar estas ayudas se extiende hasta el 31 de diciembre de 2024, ofreciendo a estas comunidades y sociedades civiles la oportunidad de fortalecer su presencia digital.
Ayudas públicas para fomentar el autoempleo
Las ayudas para crear una empresa tienen como objetivo fomentar el autoempleo y hay diferentes tipos de subvenciones disponibles.
- La formación: se financian en parte los cursos relacionados con la dirección y gestión empresarial y las nuevas tecnologías. Esta ayuda cubre hasta el 75% del coste, con un máximo de 3.000 euros.
- La asistencia técnica: es otra área de apoyo, con la financiación parcial de la externalización de servicios para mejorar el desarrollo de la actividad empresarial. Esta ayuda cubre hasta el 75% del coste, con un máximo de 2.000 euros.
- Los nuevos trabajadores autónomos: cuya cuantía depende de su inclusión en uno de los siguientes colectivos:
- Desempleados.
- Desempleados de 30 años o menos.
- Mujeres desempleadas y desempleados con discapacidad.
- La ayuda máxima es de 10.000 euros.
Es importante tener en cuenta que estas ayudas al emprendimiento varían según la comunidad autónoma en la que se vaya a desarrollar la actividad, por lo que es recomendable revisar lo que ofrecen las Comunidades Autónomas en este ámbito.
Capitaliza tu prestación de desempleo
¿Quieres emprender y cobrar tu prestación por desempleo de una sola vez? ¡Es posible!
El pago único de la prestación está disponible para personas que inicien su actividad como trabajadores/as autónomos/as. Sin embargo, ten en cuenta que no aplica para autónomos dependientes (TRADE) ni para aquellos que se incorporen a cooperativas o sociedades laborales ya constituidas. Podrás utilizar el importe recibido para gastos de inicio de actividad o aportar al capital social de una sociedad mercantil de nueva creación en la que tengas control efectivo o creada en un plazo máximo de 12 meses anteriores a la aportación.
Para optar por esta opción, deberás cumplir algunos requisitos:
- Ser persona beneficiaria de una prestación contributiva por desempleo, tener pendiente de recibir al menos tres mensualidades (seis meses si estás cobrando el paro de los autónomos).
- Ten en cuenta que no debes haber ejercido este derecho en los cuatro años inmediatamente anteriores.
- Tendrás que iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la resolución que conceda el pago único, y siempre en fecha posterior a la solicitud.
Puedes cobrar la prestación y ser autónomo
¿Estás recibiendo la prestación por desempleo y estás pensando en registrarte como autónomo? ¡No te preocupes! Podrás seguir recibiendo la prestación durante un máximo de 270 días, o durante el tiempo inferior que te quede por percibir , mientras trabajes por cuenta propia. Siempre que solicites la compatibilidad en el improrrogable plazo de 15 días a contar desde la fecha de inicio de la actividad por cuenta propia.
Si tu actividad es ser administrador de una sociedad mercantil, también podrás compatibilizar tu prestación de desempleo con tu nuevo trabajo como autónomo societario.
Ten en cuenta que deberás invertir la totalidad de la prestación en el desarrollo de tu actividad por cuenta propia, lo que incluye los gastos tributarios y los costos de puesta en marcha. Si no utilizas la totalidad del importe, podrás emplearlo para pagar tus cuotas como autónomo.
Ayudas para mujeres emprendedoras
Existen diversas opciones de ayuda y subvenciones específicas para mujeres emprendedoras.
Por ejemplo, el Programa de Apoyo Empresarial a Mujeres brinda asesoramiento y apoyo para crear negocios. Además, el Instituto de la Mujer ofrece el Programa Desafío Mujer Rural para proyectos desarrollados en áreas rurales, que incluye talleres en línea gratuitos, sesiones de coaching y mentoring.
Asimismo, se puede optar por un Microcrédito sin aval, con el cual se puede solicitar hasta 25.000 euros para establecer un nuevo negocio o promocionar uno existente en condiciones muy favorables.
Ayudas para autónomos en Galicia
La Xunta de Galicia ha anunciado la disponibilidad de ayudas para los autónomos que se hayan dado de alta desde el 30 de septiembre de 2023 y aquellos que lo hagan hasta el próximo 29 de septiembre de 2024. Estas ayudas, con un presupuesto de 28,9 millones de euros, incluyen subvenciones directas para el inicio de la actividad y la financiación completa de la cuota reducida de autonomos en el primer año.
¿Quiénes son elegibles para estas nuevas ayudas?
Existen dos líneas de apoyo que son compatibles entre sí:
- La primera está orientada al impulso del inicio de la actividad y el mantenimiento del empleo para los autónomos. Los beneficiarios deben estar registrados como demandantes de empleo en los servicios públicos, sin ocupación efectiva en la fecha de inicio de la actividad. Deben tener domicilio fiscal en Galicia y no haber estado dados de alta como autónomos en los tres años anteriores.
- La segunda garantiza la cuota cero durante el primer año. Se requiere que los beneficiarios estén disfrutando de la cuota reducida en el momento de presentar la solicitud.
¿Cuáles son las cantidades máximas que podrán recibir los beneficiarios?
En cuanto a las subvenciones para el inicio de la actividad, se otorgan 2.000 euros a personas desempleadas, con incrementos hasta 4.000 euros para menores de 30 años o mayores de 52, parados de larga duración, personas con discapacidad, dependientes, en exclusión social, emigrantes retornados y extranjeros.
Existe un aumento adicional del 15% para autónomas, personas trans o si el centro de trabajo se encuentra en un municipio rural, entre otros casos. La cuantía máxima establecida por el Diario Oficial de Galicia (DOG) es de 7.000 euros.
¿Cuál es el plazo para solicitar estas subvenciones?
La orden de la Consellería de Promoción do Emprego e Igualdade, que regula estas ayudas, fue publicada en el Diario Oficial de Galicia (DOG) y entro en vigor en enero. El plazo para solicitar las subvenciones se abrió el 16 de enero, y se mantendrá activo hasta el 30 de septiembre.
Los potenciales beneficiarios son aquellos que se den de alta como autónomos, o en cualquier otro régimen por cuenta propia de la Seguridad Social o en una mutualidad de colegio profesional, entre el 30 de septiembre de 2023 y el 29 de septiembre de 2024. Además, el Fondo Social Europeo aportará el 60% de estas ayudas.
¿Deseas emprender en un local comercial este 2024?
Asegúrate de que tu idea es de utilidad para una audiencia y lánzate a emprender. Con una buena base y con las ayudas públicas disponibles, elegir qué negocio montar en 2024 te resultará mucho más sencillo.
*Información recopilada de la página web del Gobierno de España y de la Xunta de Galicia.

La tarifa plana de 80 euros es una medida que permite a los nuevos autónomos pagar una cuota mensual reducida durante el primer año de actividad, independientemente de sus ingresos reales. Esta bonificación se extiende por 12 meses adicionales si los ingresos netos no superan el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Existen diversas ayudas y subvenciones proporcionadas por el Estado, las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos destinadas a la creación de empresas. Entre ellas se incluyen reducciones y bonificaciones a la Seguridad Social para Trabajadores Autónomos, bonificaciones por maternidad o paternidad, y ayudas para el cuidado de menores afectados por enfermedades graves.
Para 2024, las cuotas de autónomos se ajustan según un nuevo sistema de cotización basado en ingresos reales. Este sistema establece cuotas mensuales que varían según el tramo de ingresos del autónomo, con cambios significativos que benefician principalmente a los tramos de ingresos más bajos.