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El tipo impositivo general del IVA para la compra de terrenos urbanizables o edificables en España es del 21%. Este porcentaje se aplica cuando el vendedor es un empresario o profesional que actúa dentro de su actividad comercial. Cabe destacar que terrenos no edificables, como los rústicos, suelen estar exentos del IVA, salvo en casos donde se renuncie a esta exención.