7 julio, 2022 en Local comercial

¿Qué hace falta para la apertura de un local comercial?

Tiempo de lectura: 3 minutos

¿Quieres abrir un local comercial? ¿Has pensado montar un negocio? Iniciar un negocio implica cumplir unos requisitos legales y disponer de una serie de permisos en función de la actividad y del tipo de establecimiento.

En esta ocasión queremos explicarte de la manera más clara y sencilla cuáles son los trámites que debemos llevar a cabo para abrir al público tu propio negocio sin que se convierta en un verdadero calvario.

¿Cuáles son los trámites necesarios para empezar a trabajar? ¿Qué permisos debo solicitar para abrir? ¿Qué hay de la documentación necesaria a presentar en el ayuntamiento?

¿Qué es un local comercial?

Antes de meternos de lleno en la materia que nos compete hoy en este post, debemos explicar qué es un local comercial.

Un local comercial es el lugar físico donde el comerciante desarrolla su actividad comercial; donde expone sus productos, los vende o presta sus servicios.

El local comercial es el espacio o la instalación donde se atiende al público, como cualquier almacén de ropa, calzado y oficina.

El local comercial se conoce también como punto de venta o de atención al público, por lo que es cualquier sitio donde se ejerce el comercio de cara al público.

Trámites para abrir un local comercial

Para abrir un local al público hay que tener todos los papeles en regla. Lo primero es disponer de licencia de apertura y actividad al día. La licencia es un documento que acredita que tu local (comercial, administrativo, educativo, ocio…) cumple las condiciones de seguridad, habitabilidad y uso de la actividad que vas a ejercer. Pero veamos paso a paso que debes hacer:

Ayuntamiento

  1. Licencia de apertura: es un trámite que demuestran que un local, una oficina o una nave cumplen con la normativa vigente en el municipio en que se encuentren para poder ejercer su actividad comercial en la ciudad en la que están situados.
  2. Licencia de obras: se pide solo para los locales que necesiten unas obras de acondicionamiento. La licencia puede ser de Obras menores o mayores, y deben ser entregadas por el técnico del ayuntamiento, dependiendo de los elementos a remodelar.
  3. Estudio de impacto acústico: obligatorio para los locales con negocios que realicen actividades que puedan contaminar por ruido y vibraciones; como bares, talleres, etc. Si el local no cumple con la normativa, se deberán tomar medidas de insonorización.
  4. Plan contra incendios del local: todos los edificios deben contar con la señalización necesaria para evacuar el lugar en caso de emergencia y disponer de extintores. En el caso de determinados tipos de locales (como los alojamientos turísticos o los locales de actividades industriales) además es obligatorio contar con un plan contra incendios que contemple medidas de evacuación y autoprotección específicas.
  5. Medidas higiénicas y de insonorización: aquellos locales destinados a actividades relacionadas con la alimentación, el tratamiento de residuos o la sanidad deben prestar especial atención a este tipo de medidas a la hora de obtener su licencia de apertura. Las ordenanzas municipales son especialmente sensibles con estos requisitos y no pasarán por alto ningún detalle, por lo que conviene no dejar ningún cabo suelto ante futuras inspecciones.

Agencia Tributaria

  1. Alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores: es una declaración censal y fiscal de comienzo de actividad, y se hace a través del Modelo 036 para Autónomos, y Modelo 037 para personas Jurídicas.
  2. Obtención del CIF de la empresa.
  3. Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE): es un tributo por el ejercicio de actividades empresariales, profesionales o artísticas por epígrafes. Te permite ejercer la actividad para la cual te das de alta.
  4. Alta en el IVA y en el IRPF trimestral.

Seguridad Social

  1. Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA): es el régimen que regula la cotización a la Seguridad Social de los trabajadores autónomos, comuneros y los socios y administradores de algunas sociedades.
  2. Alta de los Socios y Administradores en los Regímenes de la Seguridad Social: es un alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda en cada caso (Autónomo, Régimen General o Régimen General Asimilado) y estará condicionado al tipo de sociedad y/o a la participación en el capital social.

Registro Mercantil

  1. Inscripción de la sociedad: Estatutos y escritura pública. En caso de no ser autónomo.
  2. Legalizar Libros de: Actas, Registro de Socios, Registro de Acciones Nominativas y Registro de Contratos.
  3. Libros Contables: Diario, Inventarios y Cuentas Anuales.