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Ayudas en Galicia para rehabilitar viviendas rurales: hasta 30.000 €
Respuesta rápida: La Xunta de Galicia ha lanzado una línea de subvenciones para rehabilitar viviendas en concellos de menos de 5.000 habitantes, financiando hasta el 75 % del coste de las obras con un máximo de 30.000 € por inmueble. Las ayudas cubren actuaciones amplias —rehabilitación, eficiencia energética, accesibilidad, ampliaciones o cambio de uso a vivienda— y pueden solicitarse por propietarios que destinen el inmueble a residencia habitual o alquiler durante al menos 5 años. Se conceden por orden de entrada, cuentan con un presupuesto inicial de 5 millones de euros y el plazo está abierto hasta el 1 de septiembre de 2026 o hasta agotar fondos, lo que las convierte en una oportunidad clave para revitalizar vivienda en el medio rural gallego.
La Xunta de Galicia ha activado una nueva línea de ayudas para rehabilitar viviendas en el entorno rural gallego. Se trata de una medida orientada a fijar población, dinamizar los pequeños municipios y facilitar el acceso a vivienda en concellos de menos de 5.000 habitantes, con subvenciones que pueden alcanzar hasta 30.000 euros por inmueble.
¿En qué consisten las ayudas en Galicia para rehabilitar viviendas?
La nueva línea de subvenciones permite financiar hasta el 75 % del coste de las obras, con un límite máximo de 30.000 € por vivienda, siempre que el inmueble esté situado en un concello gallego de menos de 5.000 habitantes.
Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia no competitiva, es decir, por orden de entrada, lo que hace especialmente recomendable presentar la solicitud cuanto antes.
El presupuesto inicial es de 5 millones de euros, con carácter bianual y fondos autonómicos, y podrá ampliarse si la demanda supera la dotación prevista.
Actuaciones subvencionables
Uno de los puntos fuertes de las ayudas en Galicia para rehabilitar viviendas es la amplitud de las actuaciones que pueden acogerse a la ayuda. No se exige una rehabilitación integral del inmueble.
Entre las obras subvencionables se incluyen:
- Rehabilitación general de la vivienda.
- Finalización o ampliación de viviendas existentes.
- Mejora de la accesibilidad, conservación y habitabilidad.
- Actuaciones de eficiencia energética y sostenibilidad.
- Sustitución de cubiertas, ventanas, cocinas o baños.
- Medidas para la detección y eliminación del gas radón.
- Cambio de uso de locales vacíos a vivienda, una opción especialmente interesante en cascos rurales y núcleos tradicionales.
Además, el presupuesto protegible puede incluir:
- Honorarios técnicos (proyectos, informes, certificados).
- Gastos administrativos.
- Impuestos, tasas y tributos debidamente justificados.
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Pueden beneficiarse de esta línea de subvenciones:
- Personas físicas propietarias o usufructuarias de viviendas o locales.
- Inmuebles situados en concellos de menos de 5.000 habitantes.
- Viviendas destinadas a residencia habitual y permanente del propietario o al alquiler, en este caso durante un mínimo de 5 años.
En cuanto a los ingresos:
- Para vivienda habitual, la unidad de convivencia no puede superar 6,5 veces el IPREM.
- Este límite no se aplica cuando la vivienda se destina al alquiler y se incorpora al programa Fogar Vivo.
Un aspecto clave: las obras no pueden estar iniciadas en el momento de presentar la solicitud.
Compatibilidad con otras ayudas
Desde el punto de vista de la planificación inmobiliaria, esta línea resulta especialmente atractiva por su compatibilidad con otras subvenciones públicas:
- Es compatible con ayudas para la adquisición de vivienda en concellos de menos de 10.000 habitantes.
- Permite, por ejemplo, comprar una vivienda abandonada y rehabilitarla con esta convocatoria.
- No es compatible con las ayudas de reforma del programa Fogar Vivo, aunque sí permite solicitar este programa para cubrir seguros de impago o multirriesgo del hogar.
En cualquier caso, la suma de ayudas nunca podrá superar el coste total de la actuación.
Plazos y tramitación
- Inicio del plazo: 21 de enero de 2026
- Fin del plazo: 1 de septiembre de 2026 o hasta agotar el presupuesto.
- Ejecución de las obras: máximo 18 meses desde la concesión, iniciándose en 2026.
Las solicitudes deben presentarse preferentemente por vía electrónica a través de la sede electrónica de la Xunta, mediante el procedimiento VI435E, gestionado por el Instituto Galego da Vivenda e Solo.
Estas ayudas suponen un impulso directo a la rehabilitación del parque inmobiliario rural, reducen de forma significativa la inversión necesaria y mejoran la rentabilidad de proyectos de vivienda habitual o alquiler.

Se puede deducir el 5% de lo invertido en instalaciones de energías renovables con un tope de 280 euros. Es necesario que los pagos se realicen a través de medios bancarios o electrónicos y que la instalación esté registrada en la Oficina Virtual de Industria por un instalador autorizado.
En Galicia, puedes deducir el 10% de las cantidades pagadas en alquiler hasta un máximo de 300 euros anuales por contrato. Si tienes dos o más hijos menores de edad, el porcentaje aumenta al 20% con un límite de 600 euros. Además, estas cantidades pueden duplicarse si tienes un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Sí, puedes deducir el 15% de la inversión en mejoras de eficiencia energética en viviendas, con un límite máximo de 9.000 euros por persona. Se puede incluir el 100% de los costes para obtener el certificado de mejora energética hasta 150 euros. Es necesario presentar el certificado de eficiencia energética, un informe técnico y las facturas correspondientes.